ROCAJUNYENT - RIUTORD INFORMA
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Acabamos de recibir la STS 1592/2026, por la que la Sala Primera estima el recurso extraordinario por infracción procesal y, parcialmente, el recurso de casación interpuestos en representación de Policlínica Nuestra Señora del Rosario.
Durante nueve años hemos defendido los intereses de Policlínica Nuestra Señora del Rosario (Ibiza) y Juaneda Hospitales (Menorca) que habían decidido abandonar el convenio UNESPA y reclamar a las aseguradoras los gastos de asistencia a lesionados de tráfico conforme a sus tarifas privadas. Más de 2.000 demandas después, este pronunciamiento representa un hito de especial significado para quienes hemos sostenido esa posición.
El reto que representó el encargo realizado por nuestros clientes, se centró de manera muy privilegiada en la construcción de una estrategia hábil que permitiera la salida de las clientes del convenio UNESPA, y su potencial reclamación a las distintas compañías. No existían precedentes en España que nos permitieran afrontar el reto con la seguridad que otorga un camino ya avanzado por terceros.
La controversia no se limitaba a la libertad de fijación de precios. Se discutía si las tarifas privadas podían fundamentar la reclamación frente a la aseguradora o si debían sustituirse por precios públicos por considerarse insuficientemente acreditada su razonabilidad.
El Supremo acoge la procedencia de las tarifas privadas reclamadas en el caso, considera acreditada su adecuación al mercado y casa la sentencia que había reducido la condena mediante la aplicación de precios públicos.
Es especialmente relevante su análisis de la prueba pericial económica: La Sala exige valorar conjuntamente sus resultados conforme al estándar de probabilidad prevalente propio del proceso civil y destaca la ausencia de prueba que acreditase el carácter excesivo o abusivo de los precios.
Su alcance merece una lectura rigurosa. No consagra una facultad ilimitada para imponer unilateralmente cualquier tarifa. Lo que aporta es un fundamento de gran relevancia para la defensa de reclamaciones de hospitales privados que operan fuera del convenio, cuando la razonabilidad de sus precios esté debidamente acreditada.
Por ello, considero que su proyección trasciende a nuestras representadas y merece especial atención por los centros sanitarios privados que valoren su posición fuera del marco convencional.
Quiero felicitar a nuestras clientes y agradecerles la confianza con la que nos han acompañado durante todos estos años.
Y quiero expresar, con igual intensidad, mi reconocimiento al numeroso equipo de abogados y abogadas de
RocaJunyent - Riutord Abogados que ha trabajado conmigo durante esta última década. Gracias por el rigor, la dedicación y la perseverancia con los que habéis sostenido esta defensa, procedimiento a procedimiento.
J. Riutord
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